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Tribunal de Disciplina da a conocer sentencia detallada de la denuncia de la U contra Colo Colo

La Primera Sala del Tribunal, en un texto de 14 páginas, profundizó en torno a los argumentos para desestimar la acusación de los azules contra los albos, donde apuntaban al supuesto desacato del DT Jorge Almirón.

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El pasado miércoles, el Tribunal de Disciplina de la ANFP dio a conocer que rechazó la denuncia de Universidad de Chile contra Colo Colo, por el supuesto desacato del técnico Jorge Almirón en el partido ante Huachipato. Y ahora, este viernes, la Primera Sala reveló la sentencia completa.

En un texto de 14 páginas, el fallo explicó las razones para tomar el veredicto final, el cual dejó sin ninguna sanción al Cacique. 

En el documento, el Tribunal sostiene que “resolvió: 1) Rechazar la denuncia interpuesta por el club Universidad de Chile en contra del Director Técnico del club Colo Colo, señor Jorge Almirón, por presunto desacato”, 

“2) Rechazar la denuncia interpuesta por el club Universidad de Chile en contra del club Huachipato”, y “3) Rechazar la denuncia interpuesta por el club Universidad de Chile en contra del Coordinador del club Colo Colo, señor Víctor Vidal”. 

En relación al punto 1, indicó que “analizados detenidamente los videos referidos en los literales precedentes, de los cuales se ha dejado constancia de lo observado en la forma más fiel posible, este Tribunal colige y concluye, por la unanimidad de sus miembros, que no resulta posible dar por acreditado que el Director Técnico, señor Jorge Almirón, dio instrucciones a los miembros de la Banca 8 de Suplentes y que, de esa forma, participó del partido o intervino en el mismo infringiendo la suspensión que sobre él recaía. Habrá de ser desechada la denuncia en la parte que el club denunciante imputa al Director Técnico suspendido haber participado del partido”. 

Sobre la tercera denuncia contra el coordinador Víctor Vidal, el organismo afirmó que “la mayoría de los integrantes de este Tribunal consideran que se debe atender al tenor literal de la prohibición contenida en el artículo 51° de las Bases. En efecto, esta norma establece una específica exigencia; cual es, la de no permitir tener ningún elemento tecnológico o de comunicación en la Banca de Suplentes cuando el Director Técnico se encuentra sancionado. De ahí, dado el alto nivel de exigencia de esta prohibición, no es posible extenderla a los sectores aledaños a la Banca de Suplentes que forman parte de la denominada Zona de Exclusión”.

“La unanimidad de los integrantes de este Tribunal considera que, atendida la mala calidad de la imagen aportada y lo difusa de la misma, no es posible, dar por acreditado ni adquirir la convicción, que en la Banca de Suplentes del club Colo Colo tenían alguno de los elementos electrónicos o de comunicación prohibidos por el inciso final del artículo 51° de 9 las Bases del Campeonato de Primera División, razón por la cual esta petición de la denunciante también habrá de ser rechazada”, agregó.

Por último, respecto a la denuncia contra Huachipato, el Tribunal resolvió rechazarla al no ser responsabilidad del club el indebido ingreso de Vidal a la Zona de Exclusión.

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