Las y los trabajadores deben saber que pueden renunciar a su trabajo y también optar a un autodespido.
El abogado Christian Dresdner, de Derecho Fácil, te entrega tips en este artículo acerca de lo que debes saber sobre este trámite.
¿Qué obtengo al realizar un autodespido?
–El autodespido es un derecho que tienen las y los trabajadores para colocar término al contrato de trabajo sin perder las indemnizaciones legales, esto es, indemnización por años de servicio y/o indemnización de aviso previo.
A diferencia de la renuncia, en la cual, se termina el contrato sin derecho a ninguna indemnización. A mayores detalles, cuando un trabajador renuncia, solo se le deberá pagar las vacaciones que le hayan quedado pendientes, y los días trabajados que no hayan sido remunerados.
¿Qué causales me sirven para invocar un autodespido?
-Sin perjuicio de lo anterior, realizar un autodespido no es simple, ya que en primer lugar debes identificar si existe un motivo plausible para realizarlo. Es decir, no es llegar y autodespedirse, ya que existen determinadas causales legales para invocarlo.
Entre las causales más utilizadas, está la del artículo 160 número 7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave en las obligaciones que se establecen en el contrato de trabajo. Hacemos énfasis que deben ser graves, ya que no cualquier incumplimiento reviste de esta calidad.
Otro motivo por el cual se suele ejercer un autodespido es acoso laboral y/o acoso sexual laboral. Para que exista acoso laboral, debe haber una conducta reiterada en el tiempo que produzca un menoscabo al trabajador, ya sea desde su jefatura (vertical) o desde compañeros de trabajo (horizontal). En cambio, el acoso sexual laboral basta con que sea solo un acto de acoso sexual para poder realizar el autodespido. Lo anterior, es por la gravedad que significa un acoso sexual.
¿Quién debe probar el autodespido?
-Finalmente, para acreditar los hechos de un autodespido, el trabajador deberá convencer al tribunal de los hechos demandados, ya que sobre él recae la carga probatoria. Esto quiere decir que el trabajador antes de llevar a cabo un autodespido deberá tener todas las pruebas -o la mayoría- para acreditar que efectivamente hubo un incumplimiento grave o acoso laboral.
En caso de que el trabajador no logre acreditar los dichos de la carta de autodespido y/o demanda, la acción judicial deberá rechazarse y se tendrá como una renuncia del trabajador.
Artículo escrito por el abogado Christian Dresdner, de Derecho Fácil.