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Se publicó ley que reajusta el Subsidio único Familiar a través del aporte Bolsillo Familiar Electrónico e inyecta recursos que indica

Reactiva el BFE por los tres meses de invierno (julio, agosto y septiembre), entregando transferencias directas y focalizadas para 1,2 millones de hogares, de aproximadamente el 40% más vulnerable.

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Este 13 de julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.685 que “Reajusta los valores del Subsidio Único Familiar y la Asignación Familiar, otorga un aporte pagado a través del Bolsillo Familiar Electrónico por los meses de invierno de 2024, e inyecta recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo”.

La ley reactiva el Bolsillo Familiar Electrónico (BFE) por los tres meses de invierno (julio, agosto y septiembre), entregando transferencias directas y focalizadas para 1,2 millones de hogares, de aproximadamente el 40% más vulnerable, que, además, podrá usarse en los pagos de las cuentas eléctricas. Cabe recordar que el Bolsillo Familiar Electrónico operó entre mayo del año pasado y abril del presente año, llegando a cerca del 96% de sus beneficiarios, según estimaciones del Banco Mundial.

Asimismo la ley inyecta US$25 millones al FEPP, hasta diciembre de este año, para permitir que el precio del kerosene doméstico se mantenga en torno a los $1.050 por litro (valor promedio histórico en la Región Metropolitana). Esto, atendiendo la mayor demanda por parafina que se genera en los meses de invierno.

En paralelo, reajusta los montos del SUF y la AF en 4,5%; y se amplían los tramos de esta última en 8,7%, de manera que abarque a más beneficiarios, con lo que los nuevos tramos de ingreso quedan así:

  • De $21.243 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $586.227.
  • De $13.036 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $586.227 y no exceda de $856.247.
  • De $4.119 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $856.247 y no exceda de $1.335.450.

MODIFICACIONES LEGALES

La ley introduce las siguientes modificaciones:

Incorpora el artículo 8 bis en la ley N° 21.550, que impulsa medidas para la seguridad económica, incluyendo un aporte extraordinario para duplicar el Aporte Familiar Permanente en 2023; un incremento permanente en la Asignación Familiar y Maternal y en el Subsidio Único Familiar y su automatización para las personas que indica, y la creación del Bolsillo Familiar Electrónico.

Modifica el artículo 1 de la ley Nº 18.987, que incrementa asignaciones, subsidio y pensiones que indica.

Modifica el artículo artículo 1° de la ley N° 18.020, que establece subsidio familiar para personas de escasos recursos y modifica normas que indica.

Modifica el artículo 5° de la ley N° 19.030, que crea el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo,

Consulte texto completo de la ley.

https://aldiachile.microjuris.com

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