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Recuerde: En segunda vuelta también cierra el comercio y hay ley seca

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Para evitar confusiones respecto a quién trabajará y quién no este domingo 17 de diciembre, en que los chilenos concurrirán a las urnas para elegir al próximo presidente, aquí le contamos que esa jornada no será feriado irrenunciable, pero sí habrá restricciones de funcionamiento para algunos tipos de comercio.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 169 de la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios y lo señalado en la Ley Nº 20.640, el día de las elecciones será feriado legal.

No obstante, dado que el comercio se encuentra exceptuado del descanso dominical y en días feriados, podrá atender normalmente al público, pero hay excepciones que detallamos a continuación.

NO PODRÁN FUNCIONAR

Durante toda la jornada en que se desarrollará el proceso eleccionario, los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica (malls) y los trabajadores que prestan sus servicios de atención directa al público en éstos.

Ello incluye los patios de comida, cines y lugares de entretención ubicados en los referidos centros.

En el caso de los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, las labores realizadas en el día anterior a un día de descanso deberán finalizar, a más tardar, a las 00:00 horas.

En casos justificados, se podrá traspasar dicho límite hasta en tres horas, las que deberán pagarse con un recargo del cien por ciento sobre el valor de la hora ordinaria correspondiente al sueldo convenido. Con todo, el trabajador deberá tener un descanso no inferior a treinta y tres horas continuas, a partir del término de los servicios en la jornada que antecede a un día de descanso.

SÍ PODRÁN FUNCIONAR

Aquellos que sí pueden abrir sus puertas al público locales comerciales de todo tipo como tiendas, supermercados, minimarkets, panaderías, almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados en los complejos o centros comerciales antes señalados.

En el caso de supermercados, podrán funcionar normalmente pero manteniendo cerrados los pasillos en que se exhiban bebidas alcohólicas, hasta dos horas después del cierre de las votaciones.

Las clínicas y hospitales funcionarán, pero con turnos de día festivo y las farmacias abrirán siempre y cuando estén de turno.

Las bencineras funcionarán normalmente y según horario auto establecido.

Los parques urbanos, en tanto, mantendrán sus puertas abiertas en horario normal, igual que el zoológico y el funicular.

La comida de reparto funcionará de acuerdo al horario para fines de semana y feriados informado a sus clientes.

PERMISOS Y DERECHO A SUFRAGIO DE LOS TRABAJADORES

Tratándose de los trabajadores que legalmente deban trabajar los días domingos y festivos, y que no se beneficien del descanso obligatorio el día 17 de diciembre de 2017, tienen derecho a ausentarse de su trabajo durante dos horas a fin de sufragar, sin descuento de su remuneración, acorde con lo señalado en el artículo 155 de la citada ley Nº 18.700.

En los casos que ese lapso resulte insuficiente para cumplir con este deber ciudadano, la Dirección del Trabajo (DT) recomienda que los trabajadores y empleadores concuerden una modalidad y extensión del permiso que efectivamente les permita sufragar.

Si un trabajador hubiese sido designado como vocal o presidente de mesa receptora de sufragios, o como miembro de un colegio escrutador o delegado de la junta electoral, debe tenerse presente que los empleadores deben concederle los permisos necesarios para cumplir tales funciones, sin descuento en su remuneración, conforme lo establece el artículo 156 de la aludida ley Nº 18.700.

EVENTOS MASIVOS

Durante la jornada electoral y hasta dos horas después del cierre de la votación, no podrán realizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales de carácter masivo, cuando la fuerza encargada del orden público estime que éstos podrían afectar el normal desarrollo del proceso electoral.

Pueden realizarse celebraciones como matrimonios, seminarios y otros eventos con la limitación de que no podrán venderse bebidas alcohólicas a partir de las 5:00 am del día de la elección y hasta 2 horas después del cierre de las votaciones.

LEY SECA

No se podrá vender alcohol entre las 5:00 am del día de la elección (domingo 17 de diciembre) hasta 2 horas después del cierre de las mesas.

Ello implica que las botillerías no podrán atender desde las 5:00 am y hasta dos horas después del término de la elección, exceptuándose los hoteles, para los pasajeros que pernocten en ellos.

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