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Pensión Garantizada Universal: Revisa cómo solicitar y recibir el beneficio

Este aporte estatal se encuentra destinado para las personas mayores de 65 años, quienes, cumpliendo algunos requisitos, pueden recibir un monto máximo de $206.173 pesos.

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La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio estatal dirigido a las personas mayores de 65 años, y cuyo pago es gestionado por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Los pensionados que reciben este aporte pueden obtener un monto máximo de $206.173 pesos, y para saber si se es beneficiario, se debe ingresar a una página web habilitada por el IPS. Asimismo, si se tiene la intención de solicitar esta ayuda, existen tres maneras para realizar el trámite.

POR INTERNET

En este caso, se debe ingresar al sitio web de ChileAtiende, donde se debe completar un formulario en línea al que se accede con la Clave Única de la persona solicitante. Cabe destacar que esta opción se encuentra disponible todos los días de la semana. 

POR VIDEOATENCIÓN 

Por su parte, esta alternativa permite que la persona solicitante se conecte con un ejecutivo IPS ChileAtiende, a través de la cámara de su teléfono o computador, reunión que se puede agendar por el propio sitio web de ChileAtiende. Solo se necesita contar con la cédula de identidad, y el servicio está habilitado de lunes a viernes, entre las 8:00 y 17:00 horas. 

PRESENCIALMENTE

Esta opción también está disponible de lunes a viernes, y solo se debe contar con la cédula de identidad. En cuanto a las direcciones y horarios de funcionamiento de los puntos de atención, estos se pueden revisar por medio del sitio web de ChileAtiende

Consignar que para poder optar a la Pensión Garantizada Universal (PGU), se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • No integrar el 10% más rico de la población. 
  • Acrediten residencia en el territorio de la República de Chile en dos casos. (1) Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad. (2)Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
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