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Operación Huracán: siguen las críticas por el uso de la prisión preventiva

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La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió el jueves el recurso de amparo presentado por las defensas de los ocho detenidos en la Operación Huracán, entre ellos el vocero de la CAM, Héctor Llaitul, y ordenó su inmediata libertad.

De acuerdo a la resolución de los jueces, en el fallo de la magistrada que ordenó la prisión preventiva de los detenidos se cometió un error ya que hubo una falta de fundamentos que justifiquen la participación de los imputados en los hechos indagados por el Ministerio Público.

A raíz de esto, surgió la crítica con respecto al uso de esta medida cautelar por parte de la justicia.

En ese marco, durante el congreso “Inocentes encarcelados, una mirada latinoamericana”, organizado por la Defensoría Penal Pública (DPP) y el Bloque de Defensores Públicos Oficiales del Mercosur (Blodepm), el defensor nacional Andrés Mahnke alertó sobre el problema cada vez más grave que implica el uso inadecuado de la prisión preventiva en Chile. Esta medida cautelar, recalcó, sólo procede “cuando las demás medidas cautelares sean insuficientes para asegurar los objetivos del procedimiento penal”.

Planteó que la prisión preventiva corre el riesgo de ser “aplicada de manera indiscriminada”, en un contexto en el que se la emplea “como una condena anticipada o, peor aún, derechamente como mecanismo de control social, desvirtuando completamente el sentido de esta medida cautelar”.

Por ello, llamó a avanzar hacia una legislación “que salvaguarde de manera adecuada los derechos de las personas que enfrentan la justicia. Creemos necesario avanzar, entendiendo que se trata de una problemática compleja, para la cual no existen soluciones sencillas”.

Mahnke también resaltó el trabajo realizado por el Proyecto Inocentes de la DPP, destinado a apoyar a las personas que han sido encarceladas injustamente y visibilizar sus casos. “La prevención de encarcelamientos erróneos debe ser una prioridad para la administración de justicia”, insistió.

“SENTENCIA QUE NO ESTÁ FUNDAMENTADA NO ES LEGÍTIMA”

En relación al mismo tema, el jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional Penal Pública, Claudio Fierro, dijo que una sentencia sin fundamento no es legítima, en referencia a las prisiones preventivas que dictó el Juzgado de Garantía de Temuco en el marco de la Operación Huracán que fueron revocadas por la Corte Suprema.

Fierro estuvo a cargo el martes pasado, junto a los defensores públicos Juan Pablo Alday y Patricia Cuevas, de los alegatos que se realizaron en la Segunda Sala del máximo tribunal del país con motivo del recurso de amparo por los 8 detenidos en la operación de inteligencia de Carabineros y la Fiscalía Regional de La Araucanía.

Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema, Fierro declaró que los defensores públicos del caso “estamos conformes y tranquilos con la resolución” de la sala penal, pues lo que hicieron a través del recurso de amparo fue denunciar que la resolución de las prisiones preventivas carecía de fundamentos mínimos.

Agregó que la Corte Suprema tiene la facultad de corregir las deficiencias de otros tribunales, como ocurrió en este caso con la jueza de Garantía de Temuco, Luz Arancibia. “Una sentencia que no está fundamentada es una sentencia que no es legítima y, por lo tanto, puede transformarse en una sentencia arbitraria e ilegal”, enfatizó.  
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