Llegó marzo y no sólo las personas sufren por los inconvenientes que conlleva este mes del año; las pequeñas y medianas empresas, luego de “cuadrar la caja”, deben cumplir también con el envío de múltiples declaraciones juradas al SII, para demostrar sus buenas prácticas tributarias y de paso no exponerse a multas o a la suspensión de su facturación electrónica.
Lo que muchos desconocen, es que desde que entró en completo rigor la Reforma Tributaria, las sociedades tienen un plazo de 60 días para optar por uno de los 4 regímenes tributarios disponibles -de lo contrario, el SII opta por uno- los cuales tienen diferentes fechas de entrega de las Declaraciones Juradas; estos son, el Sistema de Renta Atribuida, el Régimen Semi Integrado, la Tributación Simplificada y la Renta Presunta.
“Si es que el emprendedor no eligió un régimen, el SII te asignará uno dependiendo de variables como el giro u objeto social de la pyme”, señaló Julio Fuentes, gerente general de Emprende.cl, compañía experta en asesorías contables y tributarias. “Si es que este ha sido asignado y uno lo desconoce, puede ingresar a el sitio web del SII y averiguarlo en la opción ‘Mis Características’”, agregó.
Con todo lo anterior, y debido la complejidad de este proceso, entregamos 5 tips para no tener problemas con esta operación:
1.- Si es que aún no se ha cerrado la caja, se debe hacer lo antes posible. El no hacer este proceso dificulta enormemente la labor de los contadores y obliga abrir los registros de venta “hacia atrás” produciendo gran desorden.
2.- Ser muy meticuloso con la declaración de sueldos e impuestos mensuales. Debe ser lo más ordenada posible para no tener observaciones por parte del SII o demandas de empleados. Recordemos que estas infracciones pueden acarrear multas e incluso la suspensión temporal de la facturación electrónica.
3.- El registro de compras no lo es todo. Nunca es aconsejable basarse sólo en este ítem, ya que existe la caja chica, que no siempre es considerada y que en muchos casos puede hacer que el resultado sea más acorde a la realidad.
4.- Si con lo anterior, el resultado todavía arroja pérdidas, uno se debe preparar para un posible llamado del SII. Esto probablemente llevará consigo una revisión exhaustiva.
5.- Ojo con los gastos rechazados, estos generalmente son facturas y gastos que no corresponden al giro de la sociedad, y jamás se deben adulterar valores. Uno riesgos es que el emprendedor se expone a multas mucho mayores y a meticulosas fiscalizaciones.
► 22 marzo: renta líquida imponible y atribución de renta. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
► 22 de marzo: nuevos Registros. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
► 22 de marzo: retiros y dividendos.
Régimen Semi Integrado
► 7 de marzo: retiros y dividendos (empresas). ► 15 de marzo: renta líquida imponible.
► 15 de marzo: retiros y dividendos (por acciones en custodia).
► 15 de marzo: nuevos registros. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
Tributación Simplificada
► 15 de marzo: base imponible, rentas atribuidas y créditos. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
Renta Presunta
► 15 de marzo: renta líquida imponible y atribución de renta. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
Lo que muchos desconocen, es que desde que entró en completo rigor la Reforma Tributaria, las sociedades tienen un plazo de 60 días para optar por uno de los 4 regímenes tributarios disponibles -de lo contrario, el SII opta por uno- los cuales tienen diferentes fechas de entrega de las Declaraciones Juradas; estos son, el Sistema de Renta Atribuida, el Régimen Semi Integrado, la Tributación Simplificada y la Renta Presunta.
“Si es que el emprendedor no eligió un régimen, el SII te asignará uno dependiendo de variables como el giro u objeto social de la pyme”, señaló Julio Fuentes, gerente general de Emprende.cl, compañía experta en asesorías contables y tributarias. “Si es que este ha sido asignado y uno lo desconoce, puede ingresar a el sitio web del SII y averiguarlo en la opción ‘Mis Características’”, agregó.
Con todo lo anterior, y debido la complejidad de este proceso, entregamos 5 tips para no tener problemas con esta operación:
1.- Si es que aún no se ha cerrado la caja, se debe hacer lo antes posible. El no hacer este proceso dificulta enormemente la labor de los contadores y obliga abrir los registros de venta “hacia atrás” produciendo gran desorden.
2.- Ser muy meticuloso con la declaración de sueldos e impuestos mensuales. Debe ser lo más ordenada posible para no tener observaciones por parte del SII o demandas de empleados. Recordemos que estas infracciones pueden acarrear multas e incluso la suspensión temporal de la facturación electrónica.
3.- El registro de compras no lo es todo. Nunca es aconsejable basarse sólo en este ítem, ya que existe la caja chica, que no siempre es considerada y que en muchos casos puede hacer que el resultado sea más acorde a la realidad.
4.- Si con lo anterior, el resultado todavía arroja pérdidas, uno se debe preparar para un posible llamado del SII. Esto probablemente llevará consigo una revisión exhaustiva.
5.- Ojo con los gastos rechazados, estos generalmente son facturas y gastos que no corresponden al giro de la sociedad, y jamás se deben adulterar valores. Uno riesgos es que el emprendedor se expone a multas mucho mayores y a meticulosas fiscalizaciones.
CALENDARIO DE DECLARACIONES
Sistema de Renta atribuida► 22 marzo: renta líquida imponible y atribución de renta. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
► 22 de marzo: nuevos Registros. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
► 22 de marzo: retiros y dividendos.
Régimen Semi Integrado
► 7 de marzo: retiros y dividendos (empresas). ► 15 de marzo: renta líquida imponible.
► 15 de marzo: retiros y dividendos (por acciones en custodia).
► 15 de marzo: nuevos registros. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
Tributación Simplificada
► 15 de marzo: base imponible, rentas atribuidas y créditos. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.
Renta Presunta
► 15 de marzo: renta líquida imponible y atribución de renta. Plazo empresario individual: antes de presentar su declaración de renta.