La justicia española avaló este lunes la eutanasia solicitada por una joven parapléjica de 24 años, luego de que su padre impediera el procedimiento de muerte asistida, tras un recurso presentado en agosto del 2024.
De acuerdo a lo consignado por diferentes medios internacionales, una jueza desestimó el recurso que presentó el padre de la joven, y condenó al grupo de abogados que representaban al sujeto a pagar las costas del proceso.
A la vez, concluyó que el caso “no ha suscitado dudas” respecto al derecho a la eutanasia, y estableció que tampoco se aportaron pruebas que sustenten las alegaciones del progenitor.
La magistrada indicó que “en el presente caso la beneficiaria de la prestación es una persona mayor de edad, y su padre no sólo no ha promovido ningún procedimiento de incapacitación, sino que tampoco ha aportado ninguna prueba de la presunta incapacidad”.
De esta forma, señaló que no cree justificada “la defensa de un derecho personalísimo ajeno, como es el derecho a la vida”.
En cuanto a los requisitos para solicitar la eutanasia, mencionaron que todos los profesionales coincidieron en que la joven “sufre un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, sin que se haya practicado ninguna prueba en contrario”.
En la sentencia se detalló que la joven no convive con sus padres desde hace años, ya que se les retiró la custodia cuando era pequeña, y actualmente reside en un centro sociosanitario.
Por lo mismo, se planteó que la relación de la joven con su familia no es lo suficientemente cercana como para que estos tengan derecho a inmiscuirse en su voluntad.
La jueza, además, rechazó los argumentos de que la joven sufre un trastorno límite de la personalidad que la hizo cambiar varias veces de opinión sobre este procedimiento, y remarcó que los informes de los forenses expertos en psiquiatría concluyeron que su consentimiento a la muerte asistida fue “libre, sin injerencia o influencia determinante por su propia enfermedad mental”.