De acuerdo a lo que señaló la entidad, pese a que la paciente cumplía con los requisitos que establece la normativa, el comité médico del Hospital de Carabineros prefirió “hacer caso omiso, obstaculizando y dilatando su caso, y negándole el derecho a interrumpir su embarazo bajo la causal 2 (inviabilidad fetal)”. “Candy Jamett hizo todo lo posible para que respetaran su decisión, pero fue en vano. Ha debido continuar hasta ahora con un embarazo inviable con todos los costos emocionales y económicos que eso significa”, dicen desde la corporación.
La acción judicial busca que el tribunal de alzada obligue a la institución médica a realizarle la interrupción voluntaria del embarazo, considerando –dijo la entidad- este caso se ha vulnerado los derechos fundamentales, como a la integridad física y psíquica, entre otros, de la mujer. Cabe mencionar que al declararse admisible este recurso, el recinto asistencial tiene cinco días hábiles para entregar un informe dando sus razones para prohibirle el acceso a la Ley 21.030.