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Efectos del eventual “supremazo” por GES: Banmédica y Vida Tres frenan captación de afiliados y suspenden venta de planes

La decisión se argumenta en que “la información que se ha filtrado por parte de la prensa en relación con un eventual escenario negativo que se produciría a causa de la inminente dictación de la sentencia asociada al alza de la primea GES por parte de la Corte Suprema, la cual contemplaría una importante baja en la prima actual cobrada por nuestras isapres”.

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Las isapres Banmédica y Vida Tres, de propiedad de Empresas Banmédica, decidieron suspender la venta de planes de salud, debido al impacto de lo que sería el “supremazo” por precios Garantías Explícitas en Salud (GES).

Ambas aseguradoras informaron a sus respectivas fuerzas de ventas, por medio de un comunicado interno firmado por Francisco Fernández, gerente comercial del grupo, que “hemos tomado la decisión de suspender, a partir de hoy, la comercialización de todos nuestros planes de salud”.

La decisión se argumenta en que “la información que se ha filtrado por parte de la prensa en relación con un eventual escenario negativo que se produciría a causa de la inminente dictación de la sentencia asociada al alza de la primea GES por parte de la Corte Suprema, la cual contemplaría una importante baja en la prima actual cobrada por nuestras isapres”.

Ante esto, la determinación de suspender la venta de planes de salud, tiene como objetivo “prevenir los posibles impactos financieros por esta eventual resolución por parte de la Corte Suprema”.

Además, indicaron que dado lo anterior “nos encontramos efectuando el recalculo del precio de toda nuestra oferta de planes de salud, con el objeto de que, en la eventualidad de que se produzca el escenario expuesto, podamos incorporar la posible rebaja de la prima GES”.

“Considerando que el fallo de la Corte Suprema no ha sido publicado oficialmente, los mantendremos al tanto de cualquier novedad o actualización sobre este tema”, finalizó el comunicado.

Según fuentes al tanto de lo decidido por la Tercera Sala de la corte Suprema, el fallo por primas GES implica fijar un tope máximo del ajuste que pueden hacer las isapres del precio GES, para toda su cartera de afiliados, el cual quedó establecido por el máximo tribunal en 7,2 UF anuales.

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