La Comisión de Familia de la Cámara de Diputados avanzó en la tramitación del proyecto de ley refundido que prohíbe a deudores de pensiones de alimentos efectuar apuestas o acceder a recintos destinados a ese propósito.
La iniciativa, originada en mociones refundidas, pretende aumentar el catálogo de sanciones para las personas que posean una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Para estos efectos, propone que dichos deudores tengan restringido el acceso a hipódromos y salas de juegos de casinos. También, que se les prohíba apostar en dichos recintos.
A la sesión asistió la subsecretaria de la Niñez, Verónica Silva, quien valoró el objetivo de la propuesta parlamentaria. La profesional dijo que la medida permite mejorar la legislación y cumplir con el derecho de los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, hizo una observación con respecto a la operatividad práctica de la iniciativa.
Silva advirtió que, teniendo en cuenta que el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos solo puede ser consultado por un grupo de personas acotado, es necesario analizar cómo los casinos y los hipódromos podrían acceder a este.
Sugirió, como alternativa, habilitar a dichas instituciones para que puedan consultar por las personas que asisten a utilizar los servicios, tanto en casinos como en hipódromos. Por otro lado, sugirió la creación de un certificado de no deudor, algo que se parezca al actual certificado de antecedentes.
Para ambos casos, la subsecretaria sugirió a la comisión consultar al Ministerio de Hacienda la viabilidad de ambas opciones. También a la Superintendencia de Casinos de Juegos.
Desde la comisión, en tanto, valoraron la postura del Gobierno y solicitaron otorgarle patrocinio al proyecto de ley. Esto, con el propósito de avanzar de manera conjunta y consensuada en un texto unificado.
Deudores de alimentos no podrán apostar ni entrar a hipódromos o casinos
La iniciativa, originada en mociones refundidas, pretende aumentar el catálogo de sanciones para las personas que posean una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
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Texto: Aton/Foto: Aton