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Decretan 10 años de cárcel para sujeto que sustrajo a un menor: se llevó a niño de un partido de fútbol

El tribunal consideró probado, más allá de cualquier duda razonable, que durante un partido de fútbol en San Joaquín, “Jorge Alejandro Espinoza Morales, afirmando ser profesor de fútbol y que conocía a sus padres, sustrajo al menor de edad de iniciales (…), de 10 años de edad”.

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El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago sentenció a un individuo a 10 años y un día de prisión por el delito de sustracción de menores ocurrido en octubre de 2022 en San Joaquín.

El tribunal consideró probado, más allá de cualquier duda razonable, que durante un partido de fútbol, “Jorge Alejandro Espinoza Morales, afirmando ser profesor de fútbol y que conocía a sus padres, sustrajo al menor de edad de iniciales (…), de 10 años de edad”.

En un fallo unánime, el tribunal impuso las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, así como para derechos políticos, y inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo sea definitivo, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

En la determinación de la pena, el tribunal consideró que “el delito de sustracción de menor se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grado medio a máximo”.

En relación al quantum de la pena, el tribunal decidió “de acuerdo a la extensión del mal causado, según lo dispuesto en el artículo 69 del Código Penal”.

Se destacó además que “existe la circunstancia indicada por el afectado, por la madre y el padre de este, quienes señalaron que, como consecuencia de esta situación, se produjo un rebrote de una enfermedad que causó alopecia, siendo este un daño directo generado por el hecho”.

La resolución también señaló que “la amenaza al bien jurídico protegido de seguridad personal y libertad ambulatoria del menor ocurrió en un tiempo breve (4 minutos según la imagen presentada por el ente persecutor y exhibida al funcionario Ortega Villalobos) y que el acusado y el menor recorrieron una distancia acotada de 300 metros”.

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