La mediación colectiva, se genera luego del análisis realizado por el Sernac de los contratos de adhesión y tarifados de las entidades financieras. En ese trabajo se detectó, precisamente, el cobro de comisiones que serían improcedentes por el producto sobregiro pactado, los que no se adecuarían a lo establecido en la ley sobre los Derechos de los Consumidores.
Durante el proceso de mediación, el Sernac solicita a los proveedores la presentación de una propuesta compensatoria y en caso que corresponda el ajuste de la conducta y la modificación de los contratos de adhesión.
Según el director Nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, “la mediación colectiva apunta a que el problema de consumo sea resuelto. De estas acciones se espera que las 4 instituciones bancarias presentes propuestas destinadas a compensar los consumidores de haberse efectuado cobros de forma improcedente, y en caso que corresponda, ajusten sus contratos”.