La Corte Suprema declaró admisible un recurso de protección presentado por un grupo de convencionales del pacto “Chile Libre” contra la mesa directiva de la Convención Constitucional, encabezada por la presidenta Elisa Loncón y el vicepresidente Jaime Bassa.
En la acción judicial, los constituyentes acusan vulneración de sus “libertades de expresión y de trabajo”, en la discusión del reglamento del órgano constituyente, alegando que no se les permitió hacer uso de la palabra durante la votación del texto.
La Corte de Apelaciones de Santiago había declarado inadmisible el recurso en septiembre de este año, lo que fue revocado por el máximo tribunal tras argumentar que los hechos “pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación”.
El texto fue presentado ante la justicia por los convencionales Rocío Cantuarias, Martin Arrau, Teresa Marinovic, Harry Jürgensen, Ruth Hurtado y Margarita Letelier, quienes electos bajo la coalición Vamos por Chile.
Después de la resolución de la Suprema, Marinovic aseguró que “tenemos el deber y el derecho de representar a nuestros electores, y en este caso la única forma en que podíamos hacerlo era mediante la deliberación, que fue suprimida por un concepto de eficiencia mal entendida”.
Además, aseguró que “si al final de la tramitación la Corte Suprema confirma nuestra posición, se pueden anular todas las votaciones sobre los Reglamentos dada la violación de nuestros derechos fundamentales”.
Por su parte, Arrau consignó que “esta es una buena señal porque da cuenta que la Convención no es intocable, y que ante las vulneraciones de las garantías fundamentales de los propios Convencionales Constituyentes es posible presentar acciones que den cuenta de estas vulneraciones. Además, esto servirá para dejar evidencia judicial de todas las irregularidades que se comentan dentro de la Convención”.
Además, el representante del Distrito 19 compartió en Twitter una declaración de Jaime Bassa, quien recuerda el artículo 136 inciso 5 de la Constitución vigente: “Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo”.
Mientras, Hurtado comentó que “si bien esto es solo un paso, confiamos en que la Corte Suprema fallará confirme a derecho y nos dará la razón en cuanto a que si existió vulneración de derechos en relación a limitar nuestra libertad de expresión y el pluralismo de opinión en medio de la votación de los cuatro reglamentos sin debate”.
Finalmente, Jürguensen añadió que “este fallo de la Corte Suprema permite seguir la causa y abrirnos una posibilidad cierta de que la dirección que ha seguido la Convención Constitucional tenga un cambio positivo”.