En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras Marisol Rojas, Paola Plaza y Gloria Solís- ratificó la resolución impugnada, dictada por el 24° Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la acción deducida por prescripción.
La resolución de la jueza Patricia Ortiz señala que no hay norma específica en la Ley de Concesiones ni en su reglamento en lo referido al evento que marca el inicio del cómputo del plazo prescriptivo contra el Fisco en la materia, por lo que deben aplicarse las normas generales.
En tal sentido, añade, de acuerdo a lo establecido en Código Civil, la fecha de prescripción fue el 29 de noviembre de 2009.