En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dobra Lusic, María Soledad Melo y Juan Antonio Poblete–rechazó la acción cautelar presentada por los familiares de Sergio Landskron Silva, quienes acusaron el carácter vulneratorio de los recurridos por fotografías que permanecen en el almacenamiento temporal conocido como caché.
El dictamen señala que Google sólo actúa “como un motor de búsqueda de la información pública que ya está en la red digital y que se desea conocer por quien realiza dicha búsqueda. Entonces su actuar es solo indexar la diversa información pública existente en la red digital y que ha sido subida con anterioridad por otros actores, que son realmente los responsables de la existencia de dicha información disponible al público en internet”.
Junto con ese argumento, el tribunal de alzada también descartó que se esté afectando la honra o la privacidad de los familiares de la malograda víctima de la explosión luego de recoger un bolso en el Barrio Yungay.
Respecto de los medios que difundieron las imágenes, Red Digital y Diario Noticias Chile S.A., el fallo desestima el recurso de protección debido a que eliminaron dicha información de sus bases de datos.
Las fotos cuestionadas fueron tomadas en la ex Posta Central por un funcionario que fue sumariado y después condenado a pagar a la familia una indemnización.
Los padres del joven fallecido temen que su hija que actualmente tiene 8 años pueda encontrar de manera accidental las fotos de su padre en que aparece con quemaduras de extrema gravedad que le ocasionaron la muerte.