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Corte ordena a hotel de mascotas devolver perro retenido hace 11 meses por deuda

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección de la dueña de un perro y ordenó a la Sociedad de Profesionales Austral Limitada entregar la mascota retenida en su clínica por deuda contraída por servicios de hotelería canina, desde octubre pasado. (Foto de referencia)
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La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección de la dueña de un perro y ordenó a la Sociedad de Profesionales Austral Limitada entregar la mascota retenida en su clínica por deuda contraída por servicios de hotelería canina, desde octubre pasado a la fecha.

En el fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Pizarro Astudillo, Ivonne Avendaño Gómez y la abogada (i) María Herna Oyarzún Miranda– dio un plazo de tres días para que la clínica entregue el animal a la dueña.

Según la resolución, la acción de la clínica dejó “en una precaria situación a la recurrente quien se ha visto impedida de ejercer las facultades inherentes al dominio respecto de su perro Rocco”.

El fallo añade que la deuda por concepto de servicios de hotel canino es un “conflicto que debe ser ventilado en la sede jurisdiccional correspondiente a través del ejercicio de las acciones pertinentes” en los tribunales ordinarios de Justicia.

También consigna que “debe tenerse en especial consideración que más allá que nuestra legislación civil considere a los animales como objetos de derechos, cuya titularidad recae en el ser humano, por ejemplo del derecho de dominio, no es menos cierto que la legislación nacional tiende cada vez más a la protección de aquellos, del maltrato y abuso, en especial de los animales y mascotas de compañía, como es el caso del perro Rocco”.

“En este sentido, es relevante destacar que con la dictación de la ley 21.020, se busca entre otros objetivos, proteger la salud y el bienestar animal de mascotas y animales de compañía mediante la tenencia responsable, cuestión que precisamente buscaba cumplir la actora al dejar al cuidado de los recurridos a su mascota Rocco, cuando efectuaba trabajos en su domicilio, y habiendo registrado previamente ante la autoridad competente a Rocco, delegó sus cuidados a la recurrida, obligándose ésta a proporcionarle alimento, albergue y buen trato, y brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar”, agrega.

“Lo antes dicho, esto es, que la recurrida ha cumplido con brindar albergue y buenos tratos a Rocco, no puede ser excusa para no retornarlo a su legítima propietaria, cuando ésta lo ha solicitado, por una deuda pendiente, máxime si es su mascota y animal de compañía”, enfatiza.

Por tanto, se resuelve que se acoge el recurso, “debiendo la recurrida proceder a la entrega material a la actora del perro Rocco, dentro de tercero día, bajo apercibimiento de aplicar a su respecto alguna de las sanciones que contempla el Acta Nº94-2015”.

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