Según indicó el Servicio Civil, la instancia deberá cumplir este cometido dentro de 30 días, respecto de parlamentarios y ministros de Estado y de 90 días respecto del Presidente de la República, subsecretarios, intendentes, gobernadores regionales, seremis, gobernadores provinciales, delegados presidenciales, funcionarios de exclusiva confianza presidencial y personas contratadas a honorarios, de confianza de autoridades afectas a la norma.
En ambos casos el plazo se cuenta desde la publicación de la reforma legal en el Diario Oficial.
Además, el CDAP deberá determinar la reducción de remuneraciones respecto del último sueldo percibido, decisión que debe fundarse en antecedentes técnicos, que garanticen una retribución acorde a la responsabilidad y la independencia en el ejercicio de la función.
También debe considerar, al menos, la Escala Única de Sueldos, la realidad económica del país y análisis de política comparada.
TRES ETAPAS
La primera fase del plan de trabajo del Consejo de Alta Dirección Pública que corresponde a 30 días, consta de tres etapas.En una primera etapa, recibirá antecedentes y consolidará evidencia nacional e internacional, se realizarán siete sesiones destinadas a escuchar a expertos, entre ellos se contempla a especialistas en institucionalidad pública, exministros de Hacienda, economistas expertos en gestión pública, representantes de universidades, organismos internacionales, centros de pensamiento y ex Consejeros de Alta Dirección Pública.
Junto con ello, a través de su presidente, oficiará a otros organismos públicos como el Banco Central, la Dirección de Presupuestos y el INE para recabar los antecedentes respecto de la evolución y situación macroeconómica del país, el marco presupuestario de la nación, y la evolución de los ingresos de la fuerza laboral, entre otros, tal como lo estipula la reforma en cuestión.
La segunda etapa, el Consejo de Alta Dirección Pública, sesionará en al menos tres oportunidades para deliberar, teniendo a la vista todos los antecedentes antes señalados.
Finalmente, en la tercera etapa este cuerpo colegiado elaborará un informe, el que incluirá los antecedentes considerados, los fundamentos de su decisión y finalmente señalará el porcentaje en el cual deberán reducirse la dieta de diputados y senadores y la remuneración de los ministros de Estado, las que de acuerdo con la reforma, deben ser iguales.
Asimismo, con el objetivo de dar transparencia al proceso, el CADP dispuso la publicidad de las intervenciones de los invitados, los antecedentes considerados, las actas de sus sesiones y su informe final en el sitio dispuesto para ello, especialmente habilitado para ello.
https://lanacion.cl/2020/05/13/congreso-despacho-a-ley-rebaja-de-dieta-parlamentaria-y-altos-sueldos-del-estado/