En el fallo, la magistrada Susana Ortiz Valenzuela acogió la acción judicial presentado por ocho hermanos de la víctima y ordenó al Fisco pagar a cada uno de ellos $50 millones de pesos por concepto de daño moral.
La sentencia se basa en el fallo de la arista penal de la causa, dictada en junio de 2016 y que condenó a exagentes de la DINA por su responsabilidad en la desaparición de Artemio Gutiérrez, y en tratados internacionales sobre violaciones a los derechos humanos.
“Que corresponde determinar si concurren los presupuestos que hacen procedente la indemnización de perjuicios reclamada y conducen a establecer la responsabilidad del Estado en el secuestro y posterior desaparición de Artemio Segundo Gutiérrez Ávila, considerando la normativa aplicable”, indica el fallo.
“Así, la Carta de las Naciones Unidas contiene entre sus propósitos y principios, el respeto a los Derechos Humanos y a las Libertades Fundamentales de todos, tema recurrente en sus objetivos y que ha sido reiterado en posteriores Tratados Internacionales”, se agrega.
“Luego, tratándose en la especie de una violación a los derechos humanos debemos acudir también a la Convención Americana de Derechos Humanos, que en sus artículos 1.1 y 63.1 señala que cuando ha existido una violación a los derechos humanos surge para el Estado infractor la obligación de reparar con el pago de una justa indemnización a la parte lesionada”, señala la resolución.
Por tanto, continúa, “de acuerdo con lo que dispone el inciso segundo del aludido precepto, los derechos humanos asegurados en un tratado se incorporan al ordenamiento jurídico interno, por lo cual ningún órgano del Estado puede desconocerlos. Dicha obligación también deriva de los Tratados Internacionales como el Convenio de Ginebra de 1949″.