En el fallo, la magistrada Claudia Pamela Salgado Rubilar acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios, tras establecer la responsabilidad extracontractual de la empresa en el accidente registrado en octubre de 2014, a la altura del kilómetro 1.255 de la Ruta 5 Norte.
La resolución dio por establecido que el accidente fue causado por la “conducción descuidada del conductor del bus de propiedad de la empresa demandada, al haber contravenido la normativa reglamentaria de tránsito”.
Agregó que “es posible también concluir que entre aquella conducta culposa y el fallecimiento de don Ramón Alejandro Caballero Millán, pasajero del mismo bus, existe el nexo causal necesario y exigido en la Ley”.
El fallo concluyó que se condena a la empresa a pagar por concepto de indemnización por daño moral la suma de $ 50 mil para cada una de las demandantes.