En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Jorge Candia Burgos (presidente), Gloria Canales Abarca y Rafael Andrade Díaz (redactor)– aplicó, además, a Pezoa Naranjo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras durante la condena.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 7 horas del 18 de diciembre de 2016, en circunstancias que la víctima A.A.C.G.P., se encontraba en una plaza en las proximidades de calle Bellavista esquina Pío Nono, comuna de Recoleta, al lugar llegó Marcelo Alejandro Pezoa Naranjo, con quien concurrió a la casa de este en calle Isaac Thompson, comuna de Estación Central”.
En dichas circunstancias, al ingresar ambos al domicilio, el condenado cerró la puerta con un pestillo y comenzó a tocarla y besarla, “y al oponer ella alguna resistencia procedió a intimidarla verbalmente, señalándole que si gritaba la mataría“, logrando de este modo concretar la violación.
En tanto, cerca de las 22 horas del 30 de junio de 2017, la víctima C.F.N.S. circulaba por Antonia López de Bello intersección con calle Pío Nono, comuna de Recoleta, momento en que fue abordada e interceptada por Pezoa Naranjo, “quien la tomó fuertemente de un brazo doblándoselo, colocándole un objeto filoso en la espalda tras lo cual la obligó bajo amenaza a subir a un taxi básico“, para trasladarla, contra su voluntad, hasta un domicilio ubicado en calle Isaac Thompson de Estación Central.
Al interior de dicho inmueble, Pezoa Naranjo intimidó y amenazó verbalmente de muerte a la víctima, logrando violarla.