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Comisión de Energía aprobó proyecto que amplía el subsidio eléctrico

En las últimas votaciones se revisaron temas referidos a las pymes generadoras eléctricas e incentivos para su migración. El texto ahora sigue su trámite en la Comisión de Hacienda.

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La Comisión de Minería y Energía aprobó el proyecto que amplía la cobertura del subsidio eléctrico. El texto introduce otras medidas de perfeccionamiento a la ley que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

En la jornada se aprobaron los últimos artículos de la norma que ahora sigue su trámite en la Comisión de Hacienda. El ministro de Energía, Diego Pardow, explicó que estos atienden a tópicos cuyos aspectos fundamentales ya habían sido tratados previamente por la instancia legislativa.

En esta línea, la autoridad comentó que “se referían al cargo Fed que graba particularmente la actividad de los pequeños medios de generación distribuida. La idea es que aquellos que efectivamente sean pymes y respondan al régimen tributario queden excluidos de este cargo”.

A su vez, se establece “un incentivo tributario a la instalación de paneles que permite descontarlo de los impuestos que las pymes puedan pagar. De manera que haya un incentivo a incorporar este tipo de tecnología”, recalcó Pardow.

Por último, “aquello que permite financiar, no solamente con los excedentes del funcionamiento del fondo gasto corriente vía subsidio, sino también inversiones de capital, como es el caso del programa de paneles solares dirigido a la clase media”.

En términos generales, el mensaje del Ejecutivo otorga una ayuda adicional a las familias de menores ingresos. También a las micro, pequeñas y medianas empresas. Asimismo, a los operadores de servicios sanitarios rurales para enfrentar las alzas de las cuentas de luz de los próximos semestres.

Lo anterior, como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley 21.667 que modifica diversos cuerpos legales en materia de estabilización tarifaria. Por otro lado, robustece las herramientas de supervigilancia y fiscalización de que dispone la Superintendencia de Electricidad y Combustible, junto con elevar los niveles de responsabilidad de empresas de distribución eléctrica.

En la sesión se aprobó, además, un artículo transitorio. Este dispone que el mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley, en su primer año presupuestario de vigencia, se financiará con cargo a las partidas presupuestarias de Tesoro Público, Ministerio de Hacienda y Ministerio de Energía, según corresponda.

No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dichos presupuestos en la parte de gasto que no se pudiere financiar con tales recursos. Para los años posteriores, se estará a lo que se contemple en las respectivas leyes.

Ver boletín 17.064 aquí.

(Fuente: cámara)

https://aldiachile.microjuris.com

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