De forma unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la solicitud del Ministerio Público y de los querellantes, y revocó el dictamen del Juzgado de Garantía de Temuco que el 20 de mayo pasado dejó a Osses con las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional, prohibición de acercarse a las víctimas y la prohibición de comunicarse con los otros imputados en la causa y personal en servicio de Carabineros.
La resolución señala que “se mantiene la hipótesis de peligro para la seguridad de la sociedad, considerando además que los antecedentes hechos valer como nuevos, no mudan la concurrencia de los antecedentes mencionados de manera tal que la prisión preventiva aparece como la medida cautelar personal más adecuada para cumplir con los fines del procedimiento”.
Además, el tribunal rechazó de manera unánime el recurso de amparo presentado por Leonardo Osses en contra de la magistrada del Juzgado de Garantía de Temuco Marcia Castillo Monjes.