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Caso Haeger: Justicia rechaza recursos de nulidad del juicio

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Tal como se esperaba, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó este lunes los recursos presentados por la fiscalía, el abogado querellante y la defensa del único condenado para la nulidad del juicio en el caso Haeger.

Las partes estudian presentar una nueva acción de queja ante la Corte Suprema.

El 28 de septiembre pasado, en fallo unánime de los tres jueces del Tribunal Oral Penal de Puerto Montt absolvieron a Jaime Edgardo Anguita Medel (60) en calidad de autor inductor del delito de parricidio contra su esposa Viviana Haeger Masse y sólo sentenció al carpintero José Heriberto Pérez Mansilla, a 10 años de cárcel por robo con homicidio.

El 30 de octubre pasado, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt recibió los recursos de nulidad por parte del fiscal adjunto de Puerto Varas, Naín Lamas; del abogado querellante Sergio Coronado, quien representó en el juicio a la madre de Viviana Haeger, Delia Masse, y del abogado Carlos Jiménez, defensor de Pérez Mansilla.

En su presentación, el persecutor argumentó que el juzgado puso exigencias desmedidas para la confesión Pérez Mansilla, quien afirmó que Anguita le pagó $2 millones para matar a su mujer.

“Se trata de un encargo criminal que, por su naturaleza, no dejará más rastro que los propios dichos del imputado. En ese sentido, se imponen exigencias que no son consideradas en doctrina ni jurisprudencia comparada”.

En su fallo absolutorio, los jueces Patricia Miranda Alvarado, Andrés Villagra Ramírez y Rosario Cárdenas Carvajal expresaron que no llegaron a la convicción de la culpabilidad de Anguita Medel por “falta de contundencia” de las pruebas.

De acuerdo a la parte medular de la sentencia, leída por el magistrado, “la prueba de cargo no fue idónea para superar la racionalidad de la duda”, adoleció de “falta de contundencia”, por lo que el delito imputado a Anguita “no se determinó en la forma exigida más allá de toda duda razonable”.

Los jueces advirtieron que la declaración de Pérez Mansilla (53), sobre el supuesto pago de dos millones por parte de Anguita para cometer el crimen, resultó “carente de suficiencia” por lo que fue descartada.

En cambio, llegaron a la absoluta convicción de la participación de Pérez Mansilla en el crimen cometido en junio de 2010 en Puerto Varas, pero no como autor de homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria, como acusó la fiscalía, sino que como autor del delito de robo con homicidio, como recalificaron los magistrados.

Sobre esto último, el tribunal dio por acreditado que el 29 de junio de 2010 Pérez Mansilla llegó a la casa de la víctima a la que ingresó aprovechando que era conocido de la familia por trabajos anteriores.

En el interior de la vivienda, dominó físicamente a Viviana Anguita, la llevó al dormitorio principal del segundo piso, la arrodilló junto a una cama y la asfixió con una bolsa plástica. Luego ocultó el cadáver una buhardilla.

Según el fallo, Pérez Mansilla robó una cámara de video marca Sony y una caja metálica pequeña que contenía un anillo amarillo, lo que se de acuerdo a los jueces da cuenta del ánimo de lucro con que actuó el acusado para cometer el delito.

https://lanacion.cl/2017/10/16/caso-haeger-tribunal-dio-a-conocer-la-condena-del-asesino/
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