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Caso Audios: Luis Hermosilla declara en la fiscalía como imputado

El abogado no realizó declaraciones a la prensa, como tampoco el Ministerio Público, ya que la investigación es secreta.

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El abogado Luis Hermosilla declaró este martes como imputado en la Fiscalía Metropolitana Oriente en el marco del caso Audios.

Hermosilla no realizó declaraciones a la prensa, como tampoco el Ministerio Público, ya que la investigación es secreta.

En noviembre de 2023, la fiscalía abrió una investigación de oficio en contra de Hermosilla tras la revelación que hizo Ciper Chile de un registro de audio en el que se involucra al abogado en el pago de coimas a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Comisión Para el Mercado Financiero (CMF).

El 1 de diciembre pasado, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) interpuso ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago una querella contra el abogado Luis Hermosilla Osorio; el empresario Daniel Sauer Adlerstein; y la abogada María Leonarda Villalobos Mutter; como autores de delitos consumados y reiterados de soborno.

Esto, en el marco de la investigación penal iniciada a partir de la publicidad, por parte de medios de comunicación social, de una grabación y transcripciones que revelan la comisión de actuaciones delictivas reconocidas por los imputados, y de las que se desprende que pretendían intervenir en futuros ilícitos.

Además, la acción penal del CDE también se dirige contra todos quienes resulten responsables, en calidad de autores, cómplices o encubridores, de esos u otros delitos que puedan acreditarse durante el curso de la investigación penal, tales como cohecho, en su figura básica y/o agravada, revelación de secretos, falsificación de documento público y/o privado, delito informático u otros.

Finalmente, la querella del organismo se sustenta en los hechos que se consignan en el mencionado archivo de audio, que registró una reunión sostenida el pasado 22 de junio por los tres imputados; antecedente a partir del cual el CDE estima que se configura el delito de soborno, previsto y sancionado en el artículo 250, en relación con los artículos 248 y 248 bis del Código Penal, en los términos expresados precedentemente.

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