Una querella presentada por la Aduana Regional de San Antonio fue declarada admisible por el Juzgado de Garantía. Esta acción fue interpuesta contra una empresa que intentó ingresar 189 katanas y 6 espadas a través de un embarque que llegó por vía marítima.
La importación a Chile de cualquier implemento relacionado con las artes marciales debe contar obligatoriamente con la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), lo que no ocurrió en este caso.
Según informaron desde Aduanas, se infringió la normativa al declarar 165 de estas mercancías solo como parte de cosplay o disfraces, a pesar de que estaban fabricadas con una gruesa hoja metálica.
En la Declaración de Ingreso, intentaron justificarlas como parte de un ítem que las describía como “parte de disfraz (cosplay), para uso en fiestas, de plástico, Partida 9505.9000”. Además, la querella interpuesta por Aduanas también consigna que, durante el aforo físico (revisión de la carga), los fiscalizadores descubrieron que el importador tampoco había declarado otras 24 katanas y 6 espadas.
DETALLES DE LA QUERELLA
La querella de Aduanas explica que, siendo una mercancía clasificada como arma blanca con filo, corto punzante, representa un riesgo para la seguridad pública. Por ello, este tipo de mercancías requiere registros y autorizaciones especiales para su internación, comercialización y uso en el país.
El documento también señala que las mercancías no declaradas corresponden a armas blancas, que requieren que sus importadores estén registrados ante la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), lo que no ocurre en este caso, configurando el delito de contrabando.
La Ley Nº 18.356 sobre control de las artes marciales establece en el artículo 1° que “quedarán sometidas a las normas de esta ley todas las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que desarrollen cualquier actividad relacionada con las artes marciales o con los implementos destinados a ellas”.