Según informó el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el tribunal acogió un recurso de protección a favor de 13 presos de las cárceles de Punta Arenas y Puerto Natales.
El fallo conmina al Servicio Electoral y a Gendarmería a coordinarse para instalar las mesas de sufragio dentro de los centros penitenciarios y adoptar las medidas de seguridad para que los reos puedan sufragar.
La corte establece también que la actuación de esas instituciones ha sido ilegal por no haber adoptado antes las medidas necesarias para que las personas privadas de libertad, lo que vulnera el principio de igualdad ante la ley.
Rodrigo Bustos, jefe de la unidad jurídica del INDH, celebró el fallo y subrayó que los reos ven restringida su libertad pero “mantienen el resto de sus derechos humanos“.
“En este caso, la Constitución les reconoce el derecho a votar, pero el Servicio Electoral y Gendarmería no adoptan medidas para que ello se cumpla“, afirmó.
También durante esta jornada, las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Montt acogieron otros tres recursos de protección presentados por el INDH para que las personas privadas de libertad internas en penales de las regiones correspondientes, puedan ejercer su derecho a sufragio en las próximas elecciones de noviembre.
Las acciones legales fueron presentadas en favor de 36 internos de diferentes penales de las regiones de La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, todas en el sur de Chile.