El fallo consigna el pago de una indemnización por daño moral de $95 millones a cada uno de los dos hijos del funcionario policial caído hace 10 años en acto de servicio mientras participaba en trabajos de contención de los manifestantes que realizaban actos de violencia en el marco de un nuevo aniversario del Golpe de Estado de 1973.
El dictamen unánime de la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Carlos Cerda y el abogado (i) Álvaro Quintanilla, ratificó la sentencia recurrida de casación por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de la sentencia que ordenó indemnizar a los hijos del policía.
El fallo deja a firme la responsabilidad de Carabineros, como representante del Estado, por falta de servicio, al no proporcionar los elementos de seguridad y de resguardar de la integridad física del funcionario abatido.
También señala que “más allá del deber general de seguridad que la institución tiene con sus funcionarios en razón de la actividad riesgosa que ellos realizan, existen deberes específicos de entregar al personal los elementos necesarios para el resguardo de su integridad física, que no fueron cumplidos en este caso, generándose la consiguiente responsabilidad”.